Nuevo Codigo Civil y Comercial
CAMBIOS EN LOS CONTRATOS DE ALQUILER. A PARTIR DEL 1°AGOSTO DEL 2015
Fecha: 30/06/2015
A partir del 1° de Agosto los CONTRATOS DE ALQUILER,
se modifican en algunos puntos, según el nuevo Código Civil y Comercial que comenzará a regir el 1 de agosto próximo hará que las inmobiliarias, y los usuarios en general deban actualizarse en cuanto a modificación de plazos de alquileres, la moneda a usar en las contrataciones, la formalización de los contratos, entre otros temas.
PLAZOS MINIMOS
1- Los plazos para vivienda y comercio se unifican, plazo mínimo 2 años.
Los plazos para vivienda no se modificaron, si para los comerciales que eran de 3 años.
2-Alquiler con fines turístico plazo máximo 3meses, se modifica, antes 6 meses .
3-- Contrato en dólares. Se puede, pero en principio no es locación y seria un contrato atipo o innominado.
4- Alquileres con plazos especiales de acuerdo a los fines .
5- Esta permitido el alquiler escalonado, no se modifica.
Fuente: Cristina Capalbo




